¿Que no se puede Patentar en Paraguay?
DestacadaExisten inventos que no pueden ser objeto de la concesión de una patente, porque atentan, por ejemplo, contra el medio ambiente, la salud, la ética, la moral, la vida de las personas y animales.
Son materias excluidas de protección por patente las plantas y los animales, excepto los microorganismos y los procedimientos esencialmente biológicos para la producción de plantas o animales, que no sean procedimientos no biológicos o microbiológicos.
Tampoco podrán ser objeto de una nueva patente los productos o procedimientos comprendidos en el estado de la técnica, conforme a lo establecido en esta ley, por el simple hecho de atribuírsele un uso distinto al que está comprendido en la patente inicial.
Por ejemplo, si se solicitara el registro de patente de invención para un nuevo medicamento o principio activo útil para tratar el dolor de cabeza y posteriormente se constata de que el mismo es útil, además, para tratar una afección cardiaca, no se podría solicitar una segunda patente por el mismo medicamento.
La Ley de Patentes de Invenciones también establece que no considera como inventos:
- Simples descubrimientos, teorías científicas, métodos matemáticos.
- Creaciones puramente estéticas.
- Esquemas, planes, principios o métodos económicos, de negocios, de anuncios o de publicidad y los referidos a actividades puramente mentales o intelectuales, o a materia de juego.
- Programas de computación aislados.
- Métodos diagnósticos, terapéuticos, quirúrgicos.
- Diferentes formas de reproducir la información.
Fuente: Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (DINAPI)
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